Subsidio para mayores de 52 años, todo lo que necesitas saber

Subsidio para mayores de 52 años

Toda lo que necesitas saber sobre el nuevo subsidio para mayores de 52 años, que sustituye a la antigua ayuda para mayores de 55 años. Estos son los requisitos para solicitarlo.

Subsidio para mayores de 52 años, todo lo que necesitas saber

¿Tiene usted 52 años o más y ha agotado la prestación o subsidio por desempleo? Quizá cumpla usted con los requisitos para solicitar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años.

¿Cuál es la ayuda a los mayores de 55 años?

Este subsidio que se público en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2019 sustituye al subsidio para personas

Desde el día 12 de marzo de 2019 cuando se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2019, que modifica la regulación del subsidio para personas trabajadoras mayores de 55 años, debe saber que puede reunir usted las condiciones para obtener un subsidio a partir de los 52 de edad.

Subsidio mayores 52 años requisitos

Podrán acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o de tener derecho a cualquier otro subsidio.

También podrán acceder quienes hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si, desde el momento en que la agotaron, han permanecido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo. En ese caso no se tendrán en cuenta las interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

Se mantienen el resto de requisitos establecidos en la Ley para poder cobrar el subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años. Esto significa que será necesario haber cotizado por desempleo durante un periodo mínimo de seis años y justificar que en el momento de la solicitud se reúnen todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en la Seguridad Social.

Rentas a presentar para obtener y mantener el subsidio para mayores de 52 años

Para obtener este subsidio y mantenerlo, solamente se tendrán en cuenta las rentas de la persona a que será beneficiaria y no las de ningún otro miembro de su familia. Puedes descargar el impreso de declaración de rentas a través de este enlace: (Declaración de rentas para mayores de 52 años)

Duración del subsidio para mayores de 52 años

Mientras se mantengan los requisitos exigidos, el subsidio se percibirá hasta la fecha en la que el beneficiario cumpla la edad de jubilación ordinaria, es decir, no solo hasta la fecha en que cumpla la edad de jubilarse anticipadamente.

Cotización y jubilación cobrando el subsidio para mayores de 52 años

Mientras se reciba el subsidio, se cotizará para la jubilación. La base de cotización será el 125 por ciento del tope mínimo de cotización vigente en cada momento, con efecto desde el 1 de abril de 2019.

Cuantía del subsidio para mayores de 52 años

La cantidad a percibir será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), aunque se esté en situación de desempleo por haber perdido un contrato a tiempo parcial.

¿Qué ha de hacer si ya es beneficiario del subsidio para mayores de 55 años?

En caso de ya ser beneficiario del subsidio para mayores de 55 años, debe saber que se le aplicará de oficio cualquier aumento del mismo al que tenga derecho por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). No es necesaria la realización de ningún trámite.

Subsidio para mayores 52 años y herencia

La no comunicación al SEPE del incremento de patrimonio por aceptación de una herencia dará lugar a la extinción del subsidio. La comunicación puede implicar la suspensión del mismo, no necesariamente la extinción, si se reciben rentas incompatibles con el subsidio para mayores de 52 años.

¿Qué hacer si me han denegado el subsidio de mayores de 52 años?

A partir del día en el que el trabajador recibe la resolución con la denegación del subsidio por parte del SEPE, se abre un plazo de los 30 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para recurrir.

 

Documentación de interés

A través del Servicio Público de Empleo (SEPE) están disponibles la siguiente documentación:

 

 

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